sábado, 26 de septiembre de 2009

Informática e Internet

Ya podemos reclamar el canon digital

Sevilla.- Es una más de las mamarrachadas del presidente Zapatero o del pago de peajes que ha decretado para compensar el apoyo electoral de algunos artistas del país. Nos referimos al llamado canon digital. Como es sabido, Zapatero permitió a la Sociedad de Autores (SGAE) gravar con ese canón una serie de dispositivos y consumibles informáticos, desde disco duros a CD, o desde pen drive a DVD.
Por cada unidad que adquirimos, pagamos unos céntimos a los “artistas” para protegerles de posibles copias privadas, piratería, etc. O sea, que aunque no vayamos a usar la autopista pagamos peaje a la concesionaria. Por si acaso alguien se cuela por un lateral. Ese abuso de la SGAE ya puede ser contrarrestado, tal y como ha sucedido en un juicio, donde un abogado de Sevilla demostró que los CD que compraba eran usados exclusivamente para grabar los juicios. El juez falló con la devolución del canon.
El histórico hecho ha tenido lugar en el Juzgado de lo Mercantil número 1 y es un juicio que podría marcar el rumbo hacia un canon digital más justo. En él, el juez viendo que el demandante, un abogado, demostró cómo el uso que daba a los CD comprados no era para copias privadas con derechos de autor, sino para grabar juicio, le dio la razón.
Ahora, la SGAE –esa que cobra hasta por los espectáculos benéficos o las representaciones de obras del Siglo de Oro- tiene que devolver al abogado Joaquín Moecker 1,12 € de canon digital por 4 CD. No está mal, 28 céntimos por CD.
La cuantía en este caso es lo de menos, pero sí el hecho y que la resolución sienta jurisprudencia y puede aplicarse en otros marcos además de la abogacía, tales como la sanidad pública, política e incluso en el ambiente doméstico si se puede demostrar que los CD se utilizan para almacenar las fotografías propias, por ejemplo.
El juez del caso ha sido rotundo: "(invito) a la abogacía de toda España a que a partir de ahora no acceda al pago de un canon que encarece el coste de la Justicia".
Moeckel animó a los profesionales de la abogacía a que adopten una postura similar con respecto al pago del canon, "lo que contribuiría a una mejora del sistema judicial". El abogado valoró que "con el dinero que, por ejemplo, se ahorraría en el canon digital la Consejería de Justicia se podrían pagar los taxis de los funcionarios para las notificaciones".Sobre los casos precedentes en este tema, el fallo del Juzgado Mercantil número 1 de Sevilla menciona una sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, que recoge que los profesionales pueden presentar pruebas para demostrar que "el soporte se ha utilizado para otro fin distinto de la reproducción de obras de autores, que constituye la causa de tributación". El texto del juzgado sevillano también alude a una cuestión que la Audiencia Provincial de Barcelona remitió al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y en la que se pregunta si "la aplicación indiscriminada del referido canon a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada" concuerda con "el concepto comunitario de compensación equitativa".El canon digital, que entró en vigor el pasado año rodeado de una fuerte controversia, se concibió para compensar a los autores por los ingresos que dejaban de percibir cuando alguien realizaba una copia de su obra. Artículos como CD y DVD, grabadoras, reproductores de MP3 y diferentes soportes digitales encarecieron su precio al estar gravados con esta medida.