El Sescam condenado a pagar 67.500 euros a una paciente por un tratamiento incorrecto
Toledo.- Un juzgado de Toledo ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y a su compañía aseguradora a indemnizar con 67.500 euros a una paciente de Albacete a la que recetaron un tratamiento que le provocó una peritonitis y la posterior extirpación de las trompas de Falopio, así como otras dolencias asociadas.
Según ha informado la Asociación El Defensor del Paciente, los hechos se r
emontan al 30 de junio de 2004, cuando la afectada, de 45 años, acudió a Urgencias del Hospital General de Albacete por un proceso infeccioso de enfermedad inflamatoria pélvica, siendo diagnosticada de hidrosalpinx y dada de alta.
La infección evolucionó hasta que el 2 de julio la mujer volvió muy grave al mismo hospital, donde tuvo que ser intervenida de urgencias de una peritonitis, con extirpación de las trompas de Falopio. Posteriormente sufrió dehiscencia de la herida quirúrgica, lo que le ocasionó más de un año de baja laboral y trastorno depresivo reactivo.
El fallo judicial entiende que la asistencia que se le prestó a esta paciente el 30 de junio fue incorrecta, pues se le dio de alta con la administración de analgésicos, pero no de antibióticos, lo que fue causa de que durante 30 horas la infección evolucionase libremente hasta la intervención quirúrgica mutilante.
Al día siguiente, 1 de julio, acudió al Servicio de Urgencias del Hospital de Gandía con fuerte dolor abdominal y vómitos, diagnosticándole Enfermedad Inflamatoria Pélvica (EIP) y prescribiéndole antibióticos y analgésicos. El día 2 de julio, no remitiendo el cuadro, vuelve al Hospital de Albacete y en urgencias es diagnosticada de abdomen agudo y remitida a Ginecología, si bien rechazan a la paciente por entender que el origen de su estado es una peritonitis y que debe tratarse por el Servicio de Digestivo.
A las once horas de su ingreso es intervenida y se le extirpa el apéndice, y previo aviso al ginecólogo, las dos trompas de Falopio. El día 10 de julio el ginecólogo decidió quitarle todos los puntos y dos días más tarde se produjo la dehiscencia, abriéndose la herida
de 15 centímetros. El ginecólogo la volvió a coser con anestesia local, "a pesar de las protestas de la paciente por el dolor que estaba sufriendo".
A razón de estos hechos, la paciente sostiene que sufrió los siguientes daños: extirpación de las trompas de Falopio antes del climaterio, esterilidad consiguiente, extirpación del apéndice, perjuicio estético, gran dolor físico innecesario, 545 días impeditivos, daños psicológicos y baja no impeditiva por síndrome depresivo en tratamiento y daño moral asociado.
Así el 24 de julio de ese año, la paciente presentó un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación de la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada ante el SESCAM el 2 de marzo de 2005, recurso que ahora ha estimado el juzgado toledano, condenando al SESCAM al pago de 67.500 euros.
Según ha informado la Asociación El Defensor del Paciente, los hechos se r
emontan al 30 de junio de 2004, cuando la afectada, de 45 años, acudió a Urgencias del Hospital General de Albacete por un proceso infeccioso de enfermedad inflamatoria pélvica, siendo diagnosticada de hidrosalpinx y dada de alta.La infección evolucionó hasta que el 2 de julio la mujer volvió muy grave al mismo hospital, donde tuvo que ser intervenida de urgencias de una peritonitis, con extirpación de las trompas de Falopio. Posteriormente sufrió dehiscencia de la herida quirúrgica, lo que le ocasionó más de un año de baja laboral y trastorno depresivo reactivo.
El fallo judicial entiende que la asistencia que se le prestó a esta paciente el 30 de junio fue incorrecta, pues se le dio de alta con la administración de analgésicos, pero no de antibióticos, lo que fue causa de que durante 30 horas la infección evolucionase libremente hasta la intervención quirúrgica mutilante.
Al día siguiente, 1 de julio, acudió al Servicio de Urgencias del Hospital de Gandía con fuerte dolor abdominal y vómitos, diagnosticándole Enfermedad Inflamatoria Pélvica (EIP) y prescribiéndole antibióticos y analgésicos. El día 2 de julio, no remitiendo el cuadro, vuelve al Hospital de Albacete y en urgencias es diagnosticada de abdomen agudo y remitida a Ginecología, si bien rechazan a la paciente por entender que el origen de su estado es una peritonitis y que debe tratarse por el Servicio de Digestivo.
A las once horas de su ingreso es intervenida y se le extirpa el apéndice, y previo aviso al ginecólogo, las dos trompas de Falopio. El día 10 de julio el ginecólogo decidió quitarle todos los puntos y dos días más tarde se produjo la dehiscencia, abriéndose la herida
de 15 centímetros. El ginecólogo la volvió a coser con anestesia local, "a pesar de las protestas de la paciente por el dolor que estaba sufriendo".A razón de estos hechos, la paciente sostiene que sufrió los siguientes daños: extirpación de las trompas de Falopio antes del climaterio, esterilidad consiguiente, extirpación del apéndice, perjuicio estético, gran dolor físico innecesario, 545 días impeditivos, daños psicológicos y baja no impeditiva por síndrome depresivo en tratamiento y daño moral asociado.
Así el 24 de julio de ese año, la paciente presentó un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación de la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada ante el SESCAM el 2 de marzo de 2005, recurso que ahora ha estimado el juzgado toledano, condenando al SESCAM al pago de 67.500 euros.